Los ascensores son elementos esenciales en la vida diaria de muchas personas, especialmente en comunidades de vecinos. Pero, ¿qué ocurre cuando se produce una avería? ¿Quién debe asumir los costes?
Este tema genera muchas dudas y, en ocasiones, conflictos entre propietarios. Por ello, en este blog de Ascensores Pertor, vamos a aclarar las responsabilidades legales y cómo se puede gestionar adecuadamente el mantenimiento para evitar sorpresas desagradables.
En términos generales, el ascensor forma parte de los elementos comunes del edificio, por lo que su mantenimiento y reparación corresponde a la comunidad de propietarios. Así lo establece la Ley de Propiedad Horizontal en España. Todos los vecinos están obligados a contribuir a los gastos de conservación, ya utilicen o no el ascensor.
Es decir, incluso los propietarios de viviendas en la planta baja deben participar, salvo que los estatutos de la comunidad establezcan lo contrario.
Cuando el ascensor sufre una avería concreta —como una puerta que no cierra, un fallo eléctrico o un ruido anómalo— lo habitual es contactar con la empresa de mantenimiento.
Si la comunidad tiene un contrato de mantenimiento activo, muchos de estos fallos estarán cubiertos, especialmente si se trata de revisiones periódicas y pequeñas reparaciones. Sin embargo, en el caso de que la avería requiera el cambio de una pieza importante o una intervención más compleja, podrían generarse costes adicionales no incluidos en el contrato.
Un contrato adecuado debería incluir:
En Ascensores Pertor, por ejemplo, ofrecemos contratos personalizados según las necesidades de cada comunidad, asesorando sobre los tipos de cobertura más recomendables para evitar gastos inesperados.