Todavía no sabes cuáles son las medidas mínimas obligatorias que debe tener un ascensor. Pues hoy, desde Ascensores Pertor te seguimos contando todas las consideraciones que debes tener en cuenta.
Diseño arquitectónico
Las dimensiones mínimas de los ascensores variarán para que se consideren accesibles. Por ello, para que una silla de ruedas consiga girar con dos personas de pie dentro, las dimensiones están entre 1,40m de anchura por 1,40m de profundidad.
Zonas de entrada
A pesar de que la zona de entrada no pertenece al ascensor, este es otro de los puntos que debes tener en cuenta a la hora de instalar un ascensor. Con el fin de que se cumplan con los requerimientos de accesibilidad, esta zona debe permitir que se pueda desplazar una silla de ruedas con toda la facilidad que se necesita.
Diversidad de discapacidades
En relación a las medidas mínimas obligatorias de un ascensor, se debe tener muy en cuenta que existen variedad de discapacidades en las personas que pueden utilizar un ascensor y que muchas de estas necesidades están reguladas en la normativa. Es por ello por lo que hay que contar con la identificación y la adaptación de los elementos propios del ascensor.
Un ejemplo de esto es la incorporación del método Braille en sus botones en el caso de discapacidad visual así como también indicadores de tipo sónico para indicar el piso al que desean llegar y abrir su puerta para la entrada y salida del mismo.
Entre medidas y pesos
Cuando se decide instalar un ascensor se dispone de una serie de tablas, donde se establecen datos importantes que relacionan el peso y las medidas. Estas consideraciones se aplican para los ascensores convencionales. En el caso de un ascensor para una sola persona, el mismo debe admitir una carga neta de por lo menos 100 kilos, y uno diseñado para dos deberá soportar mínimo 180 kilos.